Frase

"No importa que te amen o te critiquen; te respeten, te honren o te difamen; que te coronen o crucifiquen, porque la mayor bendición en la existencia es ser tú mismo".

Osho.-


"Cada uno es responsable de lo que le sucede y tiene el poder de decidir lo que quiere ser.

Lo que eres hoy es el resultado de las decisiones y elecciones del pasado.
Lo que seas mañana será consecuencia de tus actos de hoy".

Swami Vivekenanda.

"Amarse a sí mismo es el comienzo de una aventura que dura toda la vida"


Oscar Wilde.-


domingo, 5 de junio de 2011

Dia del Medio Ambiente

El día del Medio Ambiente, es una oportunidad propicia para reflexionar sobre nuestro accionar para con el Medio Ambiente del cual somos parte.Quizás sean muchos los consejos que leamos o escuchemos, pero realmente ¿qué hacemos para proteger y cuidar nuestro planeta?
Día a día tenemos que tomar conciencia de cuál es el destino que queremos para quienes estamos y para quienes vendrán.
Los derechos a un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado están consagrados en la Constitución Nacional, en las Constituciones Provinciales, existe normativa específica a la que todos tanto ciudadanos como autoridades en particular debemos aplicar.
Con la convicción de que un mundo mejor para todos es posible, desde el lugar en el cual estemos contribuyamos para construir un medio ambiente sano.

martes, 22 de marzo de 2011

Día Mundial del Agua

Hoy es el día mudial del Agua, un elemento vital para nuestra subsistencia.
Sin el agua prácticamente el desarrollo de la humanidad sería inviable. Pues el agua es parte de nuestra cultura.

Ella constituye el 80% de nuestro cuerpo, de nuestro planeta, genera energía, consumimos agua, jugamos y trabajamos con ella.

Todo de un modo u otro está vinculado con el agua.

No sólo es importante contar con su existencia, sino también es imprescindible su calidad, ya que incide determinantemente en la vida y la salud de la población.

Actualmente cabe preguntarnos ¿cuál es el valor que nosotros como ciudadanos asignamos al agua?

Las respuestas son múltiples, si bien algunos efectivamente hacen un uso racional de este vital elemento, otros contrariamente hacen un uso indiscriminado sin tener en cuenta que de ese modo privan a los demás de ella.

En este sentido, no sólo los particulares debemos proteger y preservar el agua y sus fuentes, sino fundamentalmente aquellos quienes despliegan actividades tanto ganaderas, agrícolas, mineras, industriales, entre otras.

Es el momento propicio para prevenir la contaminación del agua. Esto debe ser la prioridad en la planificación de las políticas de Estado.

Por eso necesitamos comprender su valor y la responsabilidad que nos cabe a todos y cada uno de nosotros en el cuidado y la preservación a fin de que el recurso sea eficiente, para beneficio de quienes hoy vivimos y de los que vendrán.

lunes, 14 de marzo de 2011

15 de marzo "Día Internacional del Consumidor"

 En el día Internacional del Consumidor, es preciso tener en cuenta que todos somos consumidores, de un modo u otro estamos involucrados en la relación de consumo, relación que hoy goza de protección constitucional.


 En virtud del sistema económico imperante, el consumidor padece cierto grado de vulnerabilidad frente a los grupos económicos. Situación que refleja la desigualdad jurídica, política, económica, operativa y técnica que perjudica a los consumidores a favor de los proveedores.
 Sin el consumidor no sería viable relación económica alguna, razón por la cual es necesario que tomemos conciencia del poder que tenemos.
 Por ello el consumo debe ser “sustentable”, es decir responsable y razonable, que constituya la garantía de una equitativa utilización de los recursos y por consiguiente que preserve el medio ambiente sin afectar las necesidades de las generaciones futuras.

sábado, 5 de marzo de 2011

La importancia de la Etiqueta

La etiqueta de un producto es un instrumento sencillo y muy importante para brindar la información al consumidor.
Como consumidores debemos tener el hábito de leer las etiquetas de los productos y saber interpretar su contenido al momento de adquirir los bienes.


¿Qué datos debe contener una etiqueta?
Los datos que debe contener la etiqueta varía según el tipo de producto, pero en términos generales serían los siguientes:

Nombre del producto: contenido del envase no la marca.


Número de habilitación del Servicio de Bromatología: I.M.M. Reg. 5BNO


Peso Neto: corresponde al peso real del producto. 
y
Escurrido: cuando los productos traen jugo, aceite o líquido, esnecesarioleer el peso escurrido, es decir la parte sólida del contenido.


Instrucciones para la conservación o mantenimiento:  son las medidas necesarias para conservar adecuadamente el producto. Por ej. "Consérvese en refrigerador".


Identificación del Fabricante: Nombre y dirección.


Pais de Origen: mención del pais de orígen del producto.

Lista de Ingredientes y Aditivos: debe referir la lista de lista de ingredientes y componentes de aditivos.

Identificación del lote: es importante el número de lote, pues si por algún motivo es necesario su retiro del mercado es facilmente distinguible.

Fecha de vencimiento: es la fecha hasta la cual es posible consumir el producto.

Fecha de elaboración: es importante la indicación de día, mes y año. Cuando duren más de seis meses y menos de dos año se indicará mes y año.
En tanto si duran más de dos años se indicarpa ZAFRA.

Si se trata de un producto electrónico, tiene que contener datos específicos como ser la fuente de alimentación, el tipo de consumo entre otros.

martes, 1 de marzo de 2011

Autoridades de aplicación de la ley 24.240

¿A dónde se puede presentar una denuncia?
Es importante tener en cuenta que cada usuario o consumidor tiene la posibilidad de efectuar una denuncia en contra del proveedor de un bien o del prestador de un servicio ante las Autoridades de Aplicación de la ley de Defensa del Consumidor.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor.
Moreno N° 1170. Telf. 0800 999 2727

En la Ciudad de Salta: Secretaría de Defensa del Consumidor.
España N° 1350. Telf. 0387-4317599, 4370048 - 0800 555 3332

En San Salvador de Jujuy: Dirección Gral. de Desarrollo Industrial y Comercial. Dpto. Comercio Interior.
Salta N° 702, 2° piso. Telf. 0388-4237659

En San Miguel de Tucumán: Dirección de Comercio Interior
9 de Julio N° 497. Telf. 0381-4525080

En la Ciudad de Córdoba: Dirección de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial: Defensa del Consumidor: Casa del Ciudadano
Alvear N° 11 esq. Rosario de Santa Fe. Telf. 0351-4341378/79

En San Fernando del Valle de Catamarca: Dirección Provincial de Comercio: Area de Defensa del Consumidor
Salta N° 449. Telf. 03833-437928
Fuente: www.consumidor.gov.ar

martes, 22 de febrero de 2011

¿Audiencias Públicas, una oportunidad?

Las Audiencias Públicas constituyen una instancia de participación de la ciudadanía en la toma de decisiones por parte de las autoridades gubernamentales.

¿Cuál es su finalidad?
Escuchar a la población respecto del tema que es objeto de la Audiencia Pública.
Así surgirán opiniones favorables, contrarias, neutras e incluso es posible que brinden visiones distintas de un mismo tema.
Constituye una oportunidad para demostrar la madurez de un pueblo, que se involucra en la toma de decisiones y no se queda sólo con la queja diaria.

¿Que puede ser objeto de Audiencia Pública?
Puede estar sujeto a Audiencia Pública un proyecto de obra o actividad que se está considerando.
Especialmente el tema referido a los Servicios Públicos y los Estudios de Impacto Ambiental.
Constituye una concreción del principio de igualdad -principio de una República- y del derecho a ser oído, ambos propios de un Estado de Derecho.
Un ejercicio indispensable para construir un Estado que contemple la diversidad y así constribuir con el bien común.

¿Quién puede convocar a Audiencia Pública?
La autoridad que tiene que adoptar una decisión respecto del proyecto, debe convocar a Audiencia Pública.
Tal convocatoria debe permitir que todos o la mayoría de los miembros de la sociedad se entere y acceda a la información, para que de ese modo goce efectivamente del derecho a participar.
Es importante que se realice con un tiempo de antelación sufiente para que sea viable la participación popular.
Razón por la cual, dicha convocatoria debe hacerse por los medios de comunicación masiva, además claro de la publicación en el Boletín Oficial.

¿Tiene fuerza vinculante?
Las opiniones vertidas en la Audiencia Pública no tienen fuerza vinculante, pero las autoridades al momento de tomar una decisión deben fundarla siempre, sea concordante o contraria a los resultados alcanzados en  la Audiencia Pública.

¿Que ocurre si la Autoridad no fundamenta su decisión?
Si no fundamenta su decisión y no la hace pública,  puede ser cuestionada en sede judicial.

Por eso, para que los derechos reconocidos por la Constitución Nacional y el resto de la normativa vigente se concreten necesitamos participar asumiendo así un compromiso social para con nuestros congéneres y para con nosotros mismos.

martes, 8 de febrero de 2011

Diferencia entre Consumo y Consumismo

 Extracto de un Artículo de Opinión, publicado por el Diario La Nación el 08/02/2011
... será importante que, como sociedad en su conjunto, hagamos un esfuerzo -tanto en materia comunicacional como en los otros ámbitos de la actividad social y humana- para no dejarnos envolver en las redes de un consumismo incesante y desenfrenado. Y que cada persona procure incorporar a su concreta esfera personal los continuados avances de la tecnología con el mayor caudal posible de racionalidad, y con un análisis desapasionado y sereno de lo que cada innovación científica o técnica habrá de agregarnos, en definitiva, a nuestro espacio de vida individual.
Será de inestimable valor cuanto hagamos por establecer una saludable
diferencia entre la necesaria e ineludible tendencia al consumo y la exacerbación que conduce al consumismo.
El consumo -racional, sensato, destinado a satisfacer las reales necesidades de la vida- es un valor que toda sociedad procura estimular y canalizar en relación con sus permanentes y razonables expectativas de progreso.
El consumismo como todo "ismo" remite a una situación extrema o
descontrolada, en la cual se han traspuesto los límites que imponen la
razonabilidad y el buen juicio.
El consumo es la vida en su adecuada y saludable conexión con lo que somos o con lo que necesitamos ser en cada coyuntura o en cada momento. O, en todo caso, con lo que aspiramos a ser en un futuro razonablemente cercano.
El consumismo, en cambio, es el hijo dilecto de una fantasía que altera o distorsiona nuestra propia realidad o nuestra propia imagen, convirtiéndonos en esclavos, en un remedo de lo que somos o en la imagen de lo que nunca seremos.

miércoles, 2 de febrero de 2011

Educación y Consumo

   Considerando los tiempos en los que vivimos, la escuela es una institución básica de la sociedad, que a fin de brindar respuestas al diario vivir debe ser un factor de transformación continua.
   Hoy la educación del consumidor, la educación ambiental –derechos de tercera generación-  son de fundamental importancia para la sociedad. 

   Resultan necesarias las acciones tendientes a hacer efectiva la defensa de los derechos de los consumidores, por ej. Usuarios de servicios públicos domiciliarios, de telefonía celular, bancarios, de tarjetas de créditos, entre otros.
   Más que relevante es el hecho de conocer y formular reclamos y denuncias por los usuarios y consumidores.
   De modo tal que se promueva una cultura de "efectivo ejercicio de los derechos" desde la educación básica, hasta la participación en las Audiencias Públicas, y así lograr que todos y cada uno de nosotros y nosotras seamos protagonistas de nuestra sociedad y no  espectadores, que nos quedamos en la mera queja.Actitud que demostrará la madurez de un pueblo.

martes, 18 de enero de 2011

¿Cuál es la normativa vigente?

Los Derechos del Consumidor están consagrados en:
 
 Constitución Nacional
 art. 42
 Constituciones   Provinciales
 art.   31   (Salta); art.  17   (Jujuy)
 Ley 24.240 "Defensa del Consumidor"
normas de protección y defensa de los consumidores; autoridad de aplicación, procedimientos y sanciones
 Ley 26.361
 Modificación de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor
 Ley 25.065 "Tarjetas de Crédito"
establece las normas de regulación del sistema de

tarjetas de crédito, compra y
débito.
 Ley 22.802 "Lealtad Comercial"
normas que regulan la publicidad, la comercialización y el envasado.
 Ley 19.551 "Metrología Legal"
establece la vigencia de las unidades del Sistema Métrico Legal Argentino - SI.ME.L.A, basado en el sistema métrico decimal.




Fuente: www.mecon.gov.ar/secdef

lunes, 3 de enero de 2011

¿Cuáles son los Derechos del Consumidor?

       Los  Derechos  expresamente  reconocidos  al  Consumidor  por  la Constitución Nacional, art. 42; las Constituciones Provinciales; la Ley de Defensa del Consumidor, 24.240, son los siguientes:

  • Derecho a la Información: a recibir del proveedor la información completa, clara, detallada, veráz, eficáz, suficiente tanto de los productos como de los servicios.
  • Derecho a la Seguridad y la Salud: la protección del consumidor contra la comercialización de bienes o la prestación de servicios que pueden poner en peligro su seguridad o salud.
  • Derecho a la Educación para el Consumo: a recibir información y educación para el consumo con criterio crítico, solidario y responsable.
  • Derecho a la Protección de sus Intereses Económicos: que el consumidor contrate en forma equitativa evitando ser engañado o presionado y recibiendo la información adecuada. Asi como también la garantía de los productos o servicios.
  • Derecho a la Libertad de Elección: que el consumidor tenga efectivamente opciones al momento de contratar.
  • Derecho a un Ambiente Saludable: a vivir y trabajar en un ambiente que no amenace el bienestar presente ni el de las generaciones venideras.
  • Derecho a Constituir Asociaciones de Defensa del Consumidor: es decir el organizarse para participar en los Entes de Contralor de los Servicios Públicos y el participar activamente en la defensa de los derechos del consumidor.